sábado, 15 de enero de 2011

Hay nuevo reglamento para mercados

Por Mario G. León


El martes 4 de enero se celebró la primera sesión de cabildo del año, incluyendo para aprobar el nuevo “Reglamento de Mercados, Centrales de Abastos y del Comercio que se ejerza en la vía pública del Municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco”.

Este reglamento no se había turnado previamente, como es costumbre, a comisiones edilicias donde los regidores, se supone, analizan desde diferentes puntos las iniciativas antes de aprobarlas.

Esta vez se expuso la urgencia para que entrara en vigor, antes de entregar los locales del mercado municipal a sus locatarios, en donde se establecen, 16 obligaciones: una prohibiendo el consumo de bebidas embriagantes dentro de los mercados, otra los obliga a mantener libres los pasillos.

También se les prohíbe hacerle modificaciones o adaptaciones a los locales, tampoco podrán encender velas ni veladoras, ni usar aparatos de radio, sinfonolas, rockolas, magnavoces, etcétera.

Causó revuelo cuando se especificó que nadie podría exigir dinero alguno, menos que sea  por conceptos señalados en la ley de ingresos, por el otorgamiento y operación del local.

Uno de los regidores priístas de inmediato pidió la palabra para señalar que no puede, el ayuntamiento, impedir que los locatarios se afilien a sindicatos y pagar sus cuotas respectivas.

Se enfatizó entonces que no se estaba prohibiendo el derecho a la libre asociación, pero sí evitando que se obligue de algún pago adicional a funcionarios y “gestores”.

REGULAN TIANGUIS

En el apartado de tianguis, prohíben la venta de: bebidas alcohólicas, explosivos, navajas, armas, pinturas en aerosol, casetes, discos compactos, videojuegos y películas que no sean originales, pornografía o fayuca.

Prohíben también vender o rentar los lugares, dejar mercancía o basura en su lugar y el uso de bocinas, altavoces o cualquier aparato de sonido generador de ruido.

Algo difícil de aplicar será la manera de autorizar a la gente que pretenda vender de manera ocasional, pues a pesar de especificar que  los espacios no utilizados quedan a disposición de la dirección, también establece la obligación del previo registro y otorgamiento del permiso para cualquier persona que desee ejercer el comercio ahí, identificándose mediante un tarjetón.

Se prohíbe el uso de tirantes, alambres, tubos, lonas y otros elementos que invadan las calles, se apoyen o se fijen en árboles, postes y ventanas, paredes o canceles propiedad de los vecinos; siendo los tianguistas responsables de los daños y perjuicios que ocasionen.

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